Con base en información del Instituto Nacional de las Mujeres, en Sonora está en trámite la declaración de alerta de violencia de género por agravio comparado; éste se da por distinciones, restricciones o derechos específicos diversos para una misma problemática o delito, en detrimento de las mujeres en una entidad federativa o municipio, detalló la académica María del Rosario Molina González.
La docente investigadora de la Unidad Regional Sur (URS) señaló en su ponencia en el Foro Internacional de Mujeres en la Ciencias y en la Educación realizado el pasado 8 de marzo, que esta información se encuentra plasmada en la Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia y su reglamento.
“Los tipos de alerta de género es por violencia feminicida y por agravio comparado. La legislación en nuestro país prevé a este último, como la existencia de distinción en un cuerpo de una ley que se supone es un instrumento normativo o de políticas públicas que va a regular conductas y que llevaría implícito este concepto de la neutralidad; no existe un trato jurídico en igualdad de condiciones y se lesionan entonces los derechos de las mujeres.
“En México, en el contexto de la coexistencia de órdenes de gobierno, existen en el derecho o las políticas públicas distinciones, restricciones a derechos específicos y entonces se generan una serie de diferencias, cuando la propia Constitución de México señala que estará prohibido todo tipo de discriminación y nos plantea toda una serie de categorías, es decir, una serie de condiciones de vulnerabilidad en las cuales las autoridades deberán poner especial atención para evitar que se hagan diferencias y evitar que se discrimine”, enfatizó.
En el agravio comparado, precisó, no se proporciona el trato jurídico de igualdad de circunstancias, se genera una discriminación. Algunas situaciones, ejemplificó, son en razón de género, edad, condición racial, preferencia o identidad sexual, entre otras.
“Ningún estado, creo, puede satisfacerse a decir tenemos una igualdad ante la ley, porque la ley es eso, un enunciado, una propuesta, una proposición construida desde el lenguaje; pero no podemos quedarnos solamente a aspirar una igualdad ante la ley.
“El propósito tanto de las acciones gubernamentales, de las academias, los investigadores, de la sociedad misma es que esa igualdad formal se transforme en una igualdad de trato y en una igualdad de resultados en donde podamos tener indicadores que nos permitan evaluar de qué manera se han transformado los contextos sociales”, enunció.
Molina González indicó que el agravio comparado también se entiende como una situación donde se genera una aplicación inequitativa de la ley, que lesiona los derechos de las mujeres, tema en el que se debe advertir que hay una diferencia en la aplicación de la norma.
También detalló que Sonora fue declarado en Alerta de violencia de género por violencia feminicida el 21 de agosto de 2021, incluyéndose a los municipios de Cajeme, empalme, Guaymas, Hermosillo, Nogales y San Luis Río Colorado; encontrándose además en un proceso de análisis de una solicitud de alerta por violencia por agravio comparado, en un procedimiento coordinado desde Conavim, participando Inmujeres, CNDH y representantes académicas a nivel nacional y estatal.
“La consecuencia de declararse el mecanismo de la alerta implica acciones específicas y ello la definición de una agenda pública que va a impactar tanto a las entidades gubernamentales, que debe de construirse una comunicación dialógica entre la instancia gubernamental, el ejercicio de la política pública, la definición de objetivos específicos para poder mejorar la situación en la que se soporta la declaración de la alerta de violencia de género”, explicó.
En cuanto a las obligaciones del Estado mexicano, enlistó que éste tendrá la obligación de prevenir, sancionar y reparar la violación a los derechos humanos, además de informar el cumplimiento y elaboración de indicadores para el rediseño de políticas públicas.
“Esto necesariamente nos lleva a la correlación que la Constitución señala en su Artículo Primero. Con las reformas del 2011 nos llevó a un cambio significativo en el cual se plantean no solamente los principios rectores de derechos humanos universales, interdependientes, indivisibles y progresivos, y a partir de estos presupuestos pueda la autoridad cumplir con una serie de obligaciones, entre ellas promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todos, y del Estado para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos”, reiteró.
Sobre lo social, puntualizó que se debe generar una agenda pública donde se propicie una ciudadanía activa, la participación y ejercicio de la transparencia y la vigilancia por parte de la sociedad civil, para evaluar sobre todo el impacto positivo que generarían los indicadores.
“Entre los retos está la articulación del mecanismo de las alertas de violencia de género con políticas públicas, qué es lo que tiene que hacer la autoridad gubernamental y definir los temas prioritarios; qué tiene que hacerse desde todas las aristas, tanto políticas, gubernamentales, de procuración y de acceso a la justicia.
“Además la visibilización de datos duros que nos informen cómo están hombres y mujeres en el estado y finalmente esta necesidad de una comunicación dialógica con la ciudadanía, en la que se incorporen los defensores de derechos humanos, activistas, académicas, investigadores para dar seguimiento a estas alertas como mecanismo que propone nuestro sistema jurídico para articular las acciones del gobierno”, concluyó.